En base a la ley 49/2002, de 23 de diciembre, reguladora del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales de mecenazgo:

Su empresa podrá desgravar sus donativos y aportaciones periódicas en la Declaración del Impuesto de Sociedades en un 35% sobre la base de la deducción.
 
La base de esta deducción no podrá exceder del 10% de la base imponible del período impositivo. Las cantidades que excedan de este límite se podrán aplicar en los períodos impositivos que concluyan en los diez años inmediatos y sucesivos.

Por ejemplo:

Con una aportación anual de 6.000€, la deducción de la cuota a devolver sería de 2.000€.

Cada año entre febrero y marzo Pallapupas les enviará el certificado de su aportación para que pueda incluirla en la declaración del Impuesto de Sociedades. Para poder emitirlo es imprescindible que tengamos su CIF además de sus datos personales actualizados. Para cualquier rectificación de sus datos puede llamar al 93-345 59 13 o escribirnos a  info@pallapupas.org